Daños derivados del trabajo

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Lección 3: resumen

Daños derivados del trabajo

Se consideran daños derivados del trabajo según la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos laborales, las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

Un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

No tendrán consideración de accidentes de trabajo:

  • Aquellos que no guarden ninguna relación con el trabajo realizado al ocurrir el accidente, exceptuando accidentes relacionados con la insolación, rayos u otros fenómenos análogos.
  • Aquellos debidos al dolo o imprudencia temeraria del trabajador accidentado.
  • La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, compañero de trabajo del accidentado o de un tercero.

Un accidente de trabajo también se puede producir durante el camino al trabajo o al regresar de éste. Este tipo de accidentes se denomina «accidente in itinere» y no tiene limitación horaria.

Un accidente in itinere ha de cumplir las siguientes 3 condiciones:

  • Que ocurra en el camino de ida o vuelta.
  • Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
  • Que se emplee el itinerario habitual.

Lección 3: ampliada

Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales

Accidentes de trabajo:

Se define el accidente de trabajo según el art. 115 LGSS como toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

Factores para que se considere legalmente Accidente de Trabajo:

    Que el trabajo ejecutado sea por cuenta ajena. Que exista un agente lesivo procedente de elementos agresivos, de actos humanos propios o provocados por terceros, o de fuerza mayor. Que exista un nexo causal entre el trabajo y el agente lesivo.

Sí tendrán consideración de Accidentes de Trabajo:

  • En el desempeño de cargos sindicales.
  • Al obedecer órdenes del empresario o por el bien general, aunque sean tareas distintas de las habituales.
  • En actos de salvamento en conexión con el trabajo.
  • Enfermedades intercurrentes derivadas del proceso de curación de los accidentes de trabajo.
  • Se presumirá, salvo prueba en contrario, que las lesiones que el trabajador sufra durante el tiempo y el lugar del trabajo son accidentes de trabajo.

No tendrán consideración de Accidentes de Trabajo:

  • Los debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, que no guarde ninguna relación con el trabajo que se ejecutaba al ocurrir el accidente. En ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos.
  • Los debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado. No impedirán la calificación de Accidentes de Trabajo la imprudencia profesional, consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo, derivada de la confianza que éste inspira.
  • La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero.

Accidente in itinere: es aquel que sufre el trabajador al ir al trabajo o al volver de éste. No existe limitación horaria. Hay 3 elementos que se requieren:

  • Que ocurra en el camino de ida o vuelta.
  • Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
  • Que se emplee el itinerario habitual.
Tipos de accidentes - PRL

Los accidentes de trabajo como grupo de daños derivados del trabajo se pueden clasificar en función de los factores que determinan dichos accidentes:

  • Forma de accidente: manera en que se produce el accidente en el trabajador accidentado. Por ejemplo, caída a distinto nivel, atropello, golpe, etc.
  • Agente material: objeto, sustancia o condición material del trabajo que origina el accidente. Por ejemplo: herramienta, sustancia química, escalera, etc.
  • Naturaleza de la lesión: traumatismo que produce el accidente en el trabajador. Por ejemplo: fracturas, lesiones internas, asfixias, etc.
  • Ubicación de la lesión: zona lesionada del cuerpo del trabajador accidentado. Por ejemplo: costado derecho, extremidades superiores, mano, etc.
  • Investigación de accidentes: la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) exige en su artículo 16.3 que, cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores o cuando aparezcan indicios de que las medidas de prevención resultan insuficientes, el empresario lleve a cabo una investigación con la finalidad de detectar las causas de estos hechos.

Para cumplir con este imperativo legal el empresario se plantea una serie de interrogantes:

¿Qué accidentes se deben investigar?

Para la mayoría de esas preguntas la L.P.R.L. no da una respuesta ya que la L.P.R.L. exige la consecución de un objetivo: “detectar las causas de los accidentes”, pero no define ni concreta los medios a utilizar para alcanzar ese objetivo.

El objetivo de la investigación es clarificar las causas que provocan el accidente para poder implantar las medidas correctoras más adecuadas que impidan que hechos similares puedan volver a repetirse.

¿Quién puede realizar las investigaciones de accidentes?

La NTP 442 (Investigación de accidentes-incidentes: procedimiento) publicada por el INSHT (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo) propone:

Investigación de línea:

La persona clave en la ejecución de una investigación de línea, es el Mando Directo del sector o área en que se produce el suceso. Ello es así por distintos motivos, entre los que conviene destacar:

  • Conoce perfectamente el trabajo y su ejecución.
  • Conoce estrechamente a los trabajadores por su contacto continuo.
  • Presumiblemente será el que aplicará las medidas preventivas.

Investigación especializada:

La realiza el Técnico de Prevención, asesorado en su caso por especialistas técnicos de las diversas áreas y acompañado por el mando directo y otro personal de la línea relacionado con el caso.

Esta investigación se debe realizar en casos especiales o complejos entendiendo por tales, entre otros, algunos de los supuestos siguientes:

  • Accidentes graves o mortales.
  • Incidentes o accidentes leves de los que se deduzca una mayor potencialidad lesiva.
  • Todos aquellos casos en que lo solicite la línea.
  • En los casos dudosos del informe de la línea.
  • En supuestos repetitivos.

¿Cómo se realiza una investigación de accidentes?

El proceso de investigación comienza en el mismo momento en que se produce el accidente y termina con la adopción de las medidas correctoras pertinentes.

Una vez realizada la investigación, se elaborará un informe para el que no existe un modelo normalizado, sino que se ajustará a cada caso concreto en función del tipo de empresa de que se trate, su organización, etc. En todo caso, se utilizará un modelo sencillo y claro que no requiere interpretaciones del analista durante su cumplimentación y que permita obtener el resultado previsto, que es la identificación de las causas del accidente para mejorar en conjunto la gestión preventiva de la empresa.

Informe de investigación de accidentes

Informe de investigación de accidentes:

No está definido el contenido ni la estructura del informe, pero en líneas generales deben constar los siguientes datos:

  • Lesiones físicas y daños materiales.
  • Descripción detallada del accidente.
  • Análisis de las causas.
  • Medidas correctoras propuestas.
  • Valoración de los costes.
  • Informe de investigación de accidente.

Enfermedad profesional

Se define enfermedad profesional según el art. 116 LGSS como toda aquella enfermedad contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena, en las actividades especificadas en el cuadro aprobado (RD 1299/2006, de 10 de noviembre) en las disposiciones de desarrollo de esta Ley y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

Los factores que determinan la enfermedad profesional son:

  • Tiempo de exposición
  • Características personales del trabajador
  • Concentración o intensidad del contaminante
  • Presencia simultánea de varios contaminantes

Para catalogar como profesional a una enfermedad es imprescindible que existan elementos básicos que la diferencien de una enfermedad común:

  • Agente: debe existir un agente causal en el ambiente o especiales condiciones de trabajo, potencialmente lesivos para la salud. Pueden ser físicos, químicos, biológicos o generadores de sobrecarga física para el trabajador expuesto.
  • Exposición: es condición poder demostrar que, como consecuencia del contacto entre el trabajador y el agente o particular condición de trabajo, se posibilita la gestación de un daño a la salud.
  • Enfermedad: debe existir una enfermedad o un daño al organismo claramente delimitados en sus aspectos clínicos, que provenga de la exposición del trabajador a los agentes o condiciones de exposición en el trabajo.

En el RD 1299/2006, de 10 de noviembre se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social, de forma que sólo se diagnosticarán como tal, aquellas enfermedades que aparezcan en el citado cuadro y que estén asociadas a la indicada, sin que el trabajador esté obligado a demostrar la relación causa efecto:

  • Enfermedades producidas por agentes químicos.
  • Enfermedades producidas por agentes físicos.
  • Enfermedades producidas por agentes biológicos.
  • Enfermedades provocadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidas en otros apartados.
  • Enfermedades de la piel causadas por agentes carcinógenos.

Debido a que las condiciones laborales y los agentes nocivos constituyen variables que se van modificando conforme evolucionan las circunstancias del mundo laboral, existe un comité consultivo permanente que analiza si una nueva enfermedad amerita o no su incorporación al listado.

Otras patologías derivadas del trabajo

La Prevención de Riesgos Laborales no trata sólo de prevenir accidentes y enfermedades, sino todos aquellos elementos que, aunque no sean de origen físico pueden causar daño al trabajador.

En este apartado se incluyen la carga física y mental de trabajo, la fatiga, el estrés, la insatisfacción laboral, etc., que pueden englobarse en los denominados riesgos psicosociales.

Carga de trabajo:

Se puede definir la carga de trabajo como el conjunto de requerimientos psicofísicos a los que se ve sometida la persona a lo largo de su jornada laboral.

  • Carga física y mental de trabajo: se produce cuando en la tarea realizada predomina la actividad muscular. Mientras que la carga mental se produce cuando el componente principal es de tipo intelectual.
  • La fatiga: es la disminución de la capacidad física y/o mental producida en el trabajador tras su jornada laboral. Si esta fatiga no es eliminada mediante el descanso diario y semanal, puede derivar en patologías más graves tales como lesiones musculoesqueléticas, estrés, envejecimiento prematuro, etc., o aumentar la posibilidad de que ocurran accidentes de trabajo.

Patología de los movimientos repetitivos:

Es un problema muy frecuente en los sectores industriales, donde se produce principalmente, lesiones de extremidades superiores derivadas de micro traumatismos repetitivos. Los factores de riesgo principales para este tipo de lesiones son la aplicación de una fuerza manual excesiva, posturas forzadas de muñeca o de hombros, tiempo de descanso insuficiente, etc.

Estrés laboral e insatisfacción laboral:

Se produce cuando las demandas que se le exigen al individuo superan sus capacidades para afrontarlas. Estas demandas pueden ser:

  • Del trabajo: sobrecargas de trabajo, ritmos impuestos, etc.
  • Características de la persona: personalidad, aspiraciones y expectativas, formación, condición física y hábitos de salud, necesidades del individuo, etc.

Del modo en cómo se organice la actividad en la empresa, dependerá en gran medida el bienestar mental y social de los trabajadores. Síntomas como la ansiedad, el estrés o la depresión pueden ser consecuencia de una inadecuada organización del trabajo.

Algunas recomendaciones a tener en cuenta sobre este factor de riesgo son:

  • Una actitud afable y educada es fundamental en el trato con otras personas. La empatía es una herramienta básica para el trato diario.
  • Las actitudes agresivas no facilitan la comunicación y dificultan el día a día laboral.
  • Realiza ejercicio físico de forma habitual. Te ayudará a rebajar tensiones.
  • Una alimentación sana y equilibrada es primordial para mantener un buen estado físico y mental.
  • Evita el deterioro de las relaciones con tus compañeros.
  • Fomenta y promueve el apoyo entre la dirección y los trabajadores.
  • Los buzones de sugerencias son un buen medio para canalizar y facilitar la participación de los trabajadores.

Además, la empresa tiene la obligación de tomar medidas para evitar y prevenir los casos de malestar psicosocial. Para ello es indispensable que se realice un estudio sobre riesgos psicosociales en la empresa.

Estos factores dañan el equilibrio social y mental del trabajador, e incluso llegan a materializarse en dolencias de tipo somático. En ningún caso pueden ser despreciados, basta con poner el ejemplo más drástico: se puede llegar a sufrir un infarto de corazón debido al estrés contraído por el trabajo.

Para actuar sobre estos daños de la salud, se aplican las técnicas de Ergonomía y Psicosociología aplicada y la Medicina de Trabajo, igual que ocurre en los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.

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